Quiero un ascensor en mi casa. Ya está, ya lo has decidido y ahora tienes que saber por dónde empezar para conseguir tu objetivo. Las razones para llevar a cabo la instalación de un ascensor en un edificio son numerosas. En general, reportará muchas ventajas y calidad de vida a los vecinos de tu comunidad. Sin embargo, puede ocurrir que no todos estén de acuerdo. Por eso, es conveniente que conozcas todos los trámites necesarios para conseguir dicha instalación en tu edificio.

En este post vamos a ver todos los pasos necesarios si quieres un ascensor en tu edificio. Cuál es la normativa vigente y las soluciones que puedes encontrar en el caso de que algunos vecinos se nieguen a la instalación. También te indicamos en qué casos será obligatorio instalar un elevador en el edificio, sin necesidad de recurrir a una votación.

 

Ventajas de la instalación de un ascensor en tu comunidad

Una de las razones principales para contar con este elemento es, sin duda, la accesibilidad. Sin un ascensor en una comunidad de vecinos, los que vivan en plantas más altas tendrán que hacer un esfuerzo importante cada vez que quieran acceder a su vivienda.

Si además vienen de hacer la compra o en la vivienda hay una persona con dificultades de movilidad, el problema se acrecienta. Además, es importante recordar que, a medida que pasan los años, es más complicado subir y bajar escaleras. Por este motivo, es importante que seamos precavidos de cara al futuro. Tu calidad de vida y la de todos los vecinos mejorarán significativamente.

Otro punto a tener en cuenta es el valor del edificio. El hecho de tener un ascensor revaloriza automáticamente todo el edificio, por lo que si en algún momento decidieras poner tu vivienda a la venta podrías hacerlo por un precio mayor.

Por otra parte, debes saber que hoy en día cuentas con varias subvenciones que favorecen la instalación de ascensores en los edificios. Pide información acerca de las ayudas existentes en tu comunidad autónoma para que todos los vecinos podáis beneficiaros de ellas. Con un ascensor, ganaréis en seguridad, evitaréis accidentes en las escaleras y beneficiaréis a las personas que puedan presentar alguna minusvalía física.

Las ventajas son muchas y variadas. En cada inmueble interesarán más unas que otras, pero sin duda, a largo plazo, todos los beneficios garantizarán que nadie se arrepienta de la decisión de poner el ascensor.

Con la gran cantidad de ofertas de ascensores existentes en el mercado, será fácil encontrar aquel que mejor se adapta a las necesidades del inmueble y de los vecinos. No todos los modelos de ascensor pueden instalarse en todos los edificios. En el caso de que se trate de un edificio antiguo, se debe prestar atención a varios factores para decidir qué ascensor se adapta mejor a sus características.

 

¿Cómo aprobar en una junta de vecinos la instalación de un ascensor?

Muchas veces, cuando se plantea instalar un ascensor en una comunidad, comienzan los problemas, ya que es posible que no todos los vecinos estén de acuerdo con esta propuesta. Tener que hacer frente a una derrama o gastos de mantenimiento no es siempre fácil para todas las personas, y pueden aparecer discrepancias. Recurrir a la Ley de Propiedad Horizontal puede ayudarte a ofrecer una visión objetiva para solucionar los posibles conflictos entre los vecinos.

Si te preguntas cómo aprobar en una junta de vecinos la instalación de un ascensor, debes saber que la Ley 8/2013 fue la que introdujo modificaciones en la LPH. De hecho, establece que, para conseguir tu propósito, debes contar con el voto a favor de la mayoría de los vecinos, que también deben representar la mayoría de las cuotas de participación.

Cuando se trata de eliminar barreras arquitectónicas para uno o más vecinos con problemas de movilidad, también es necesario realizar una votación que requerirá una mayoría vecinal.

Sin embargo, si los gastos anuales derivados de la instalación no superan el importe de 12 mensualidades ordinarias de la comunidad, la instalación será obligatoria. También lo será cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • En el caso de que un vecino con una discapacidad reconocida lo solicite para acceder con facilidad a su vivienda. También cuando lo solicite una persona mayor de 70 años.


  • Cuando la persona que lo solicita en la junta tiene un local donde trabaja una persona mayor de 70 años o con discapacidad.

Por otra parte, la obligatoriedad del pago de cada vecino es la cuestión que más problemas provoca. Los que viven en los bajos pueden preguntarse por qué deben pagarlo. Incluso se puede plantear que los vecinos de las plantas más altas, al utilizarlo más, también deban pagar más. Y las personas que votaron en contra, pueden preguntarse por qué deben pagarlo.

Para resolver todas estas cuestiones, debemos acudir de nuevo a la LPH. Concretamente, en el artículo 9.1.e se establecen claramente las obligaciones de los propietarios en cuanto a su contribución. Esta dependerá de su cuota de participación y de los gastos generales que se produzcan para el correcto mantenimiento del inmueble.

O para que nos entendamos, cada propietario tiene que pagar en función de su cuota de participación, que se conoce también como coeficiente de copropiedad.

Este no es más que el valor proporcional de cada vivienda en relación con la totalidad del inmueble. Siempre existe la posibilidad de que la comunidad, de manera consensuada, apruebe otra forma de repartir los gastos de la instalación, pero esta opción deberá ser aprobada por unanimidad.

En Instalaciones de Ascensores nos dedicamos a todo tipo de instalaciones, independientemente de que se necesiten en edificios nuevos o antiguos. Siempre buscamos la solución adecuada para cada caso gracias a nuestra dilatada experiencia en el sector.

Nos caracterizamos por buscar la mayor satisfacción en nuestros clientes, gracias a nuestro trabajo. Somos muy conscientes de lo importante que puede ser la instalación de un ascensor para todos en general y para personas mayores o con discapacidad, en particular. Por eso nuestro trabajo nos apasiona y nos esforzamos día a día en nuestra labor. Si necesitas más información, no dudes en contactarnos. ​